¿Cómo calificar al Bono del Buen Pagador del Nuevo Crédito MIVIVIENDA?

junio 26, 2022
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El estado a través del Nuevo Crédito Mivivienda ha incrementado la ayuda económica (Bono del Buen Pagador), a la que acceden los beneficiarios con buen historial crediticio. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) actualizó los valores del Bono del Buen Pagador (BBP) para este 2022 y, como resultado, dicho subsidio será mayor.

Asimismo, el Nuevo Crédito Mivivienda, incrementó los rangos de costos de vivienda en los que puede aplicarse el BBP, lo que permitirá aumentar la oferta de inmuebles subsidiados por el MVCS.

Cabe recordar que el Bono del Buen Pagador es un subsidio no reembolsable que el Estado brinda a quienes acceden al Nuevo Crédito Mivivienda y tienen buen historial crediticio. El valor de este bono depende del precio del inmueble a adquirir, el cual tiene cuatro rangos.

CARACTERÍSTICAS

  • Cuota Inicial mínimo del 7.5% y máximo al 30% del valor total de la vivienda. 
  • Valor de vivienda: desde S/ 65,200 hasta S/ 464,200 aplica para casas o departamentos NUEVOS O DE SEGUNDO USO.
  • Plazo: entre 05 y 25 años.
    Tasa: tasa fija y en soles. 
  • Relación Cuota Total / Ingreso Líquido (*): 

≤ 40% Para valores de vivienda hasta de S/ 232,200
≤ 50% Para valores de vivienda mayores a S/ 232,200

  • BONO DEL BUEN PAGADOR desde S/ 10,800 hasta S/ 25,700. Cuanto más cara es la vivienda menor será el bono.
    (**) Si la vivienda es de BONO VERDE se incrementa el subsidio en S/ 5,400 adicionales.  

(*) Medida aplicada de manera excepcional y temporal según Decreto Supremo N°003-2022-VIVIENDA.
(**) Se aplica 1.16279 UIT más, a los valores del BBP de Vivienda Tradicional (UIT).
(***) Incluye S/ 3,500 del Premio al Buen Pagador como complemento a la cuota inicial.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL BONO DEL BUEN PAGADOR

El solicitante debe ser una persona natural residente en el Perú o peruano residente en el extranjero, que cumple con los siguientes requisitos para acceder al crédito:

  • Ser mayor de edad, independientemente del estado civil. 
  • Haber sido calificado como sujeto de crédito por las entidades financieras que otorgue el financiamiento correspondiente.
  • Que el solicitante y/o, en su caso, su cónyuge o su conviviente legalmente reconocido independientemente de su régimen patrimonial e hijos menores de edad, no sean propietarios o copropietarios de otra vivienda en cualquier localidad del país.
  • Los recursos del FMV podrán financiar como máximo dos veces a un mismo subprestatario, su cónyuge o conviviente legalmente reconocido; para ello no deben tener ningún subpréstamo pendiente de pago al FMV. Cabe mencionar, que sólo el primer crédito otorgado con recursos del FONDO podrá contar con el subsidio correspondiente.

ENTIDADES FINANCIERAS QUE PARTICIPAN EN EL NUEVO CRÉDITO MI VIVIENDA

Para mayor información, envíanos un mensaje: https://wa.link/b057bt

ekinmo

Director de Marketing Digital

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